jueves, 26 de noviembre de 2009

CUESTIONARIO NRO.6: UNIDAD 8,9,10

Dayana Quintero 13.716.204
Paul Barreto 12.384.062
Roberto Leal 9.314.533
Anyi Horvath 14.742.142
INTRODUCCION.
Hoy en día vivimos en un mundo muy competidor, donde la producción de bienes y servicios esta enmarcada, por una dura competencia entre las industrias, el hombre ha buscado tratar de producir a mayor cantidad y menores costos, por medio de sus empresas e industrias.
El hombre mismo ha ido evolucionando muchas formas de llevar sus productos lo mas cerca de la excelencia, para ello se han creado programas que los llamamos de mejoramiento continuo, los cuales buscan la calidad total de los productos, partiendo desde el inicio del proceso.
De un mismo modo siendo los procesos generadores de empleo, se entiende que el recurso humano es parte fundamental del mismo, y es allí donde la higiene y la seguridad industrial forman parte activa del mismo
Es por ello que en el siguiente trabajo tratara de aclarar, explicar los distintos programas de Mejoramiento Continuo y su relación ya sea directa o Indirecta con la Higiene y La Seguridad Industrial Y el Medio Ambiente, Sirva pues el presente trabajo para dejar por sentado la vigencia y la necesidad del profesional en la Higiene Y la Seguridad Industrial en esta sociedad Productora y Consumista.








Cuestionario N° 6: Unidad N° 8, 9 y 10
Proyectos industriales, Seguridad y Organización, Legislación
1. Bajo que parámetros se diseñan las nuevas industrias desde el punto de vista de higiene y seguridad industrial.
Hoy en día las empresas se diseñan basándose en la prevención y el de Potenciar el factor humano. Siendo estos, principios fundamentales en campo de la seguridad dado que la Prevención es pilar fundamental en la Gestión de la Seguridad. Por otro lado la potenciación del factor Humano es el motor que impulsa el crecimiento de la cultura de seguridad en los trabajadores que es el sentido de ser de la higiene y de la seguridad.
Entendiéndose claramente que la idea de Gestionar en base a la prevención tal cual como lo dice el postulado de dicho programa, da vida activa al profesional de la higiene y la seguridad, puesto que el mismo contempla que la idea de hacer las cosas bien desde un principio es mejor que detectar y corregir. Ya que las mismas minimizan los costes.
Evidentemente los programas de mejoramiento continuo buscan la mayor productividad de la empresa y para que la implantación de cualquier programa sea exitoso deberán cumplir todo el proceso, que no son mas que los pasos básicos de la implantación. Y queda por sentado que en este programa la higiene y la seguridad a través de la Prevención son parte fundamental en la implantación y éxito del mismo.
2. Bajo qué parámetros físicos y químicos se debe encontrar el agua para ser potable. A qué se le llama contaminación del agua.
El agua potable, para que pueda ser usada para fines alimenticios, debe estar totalmente limpia, ser insípida, inodora e incolora, y tener una temperatura aproximada de 15º C; no debe contener bacterias, virus, parásitos u otros gérmenes patógenos que provoquen enfermedades. Para lograr la calidad de agua potable son necesarios una cantidad de procesos de purificación. El agua pura es un recurso renovable, sin embargo puede llegar a estar tan contaminada por las actividades humanas, que ya no sea útil, sino más bien nociva. La contaminación del agua es cualquier cambio químico, físico o biológico en la calidad del agua que tiene un efecto dañino en cualquier cosa viva que consuma esa agua. Cuando los seres humanos beben el agua contaminada tienen a menudo problemas de salud. La contaminación del agua puede también puede hacer a esta inadecuada para el uso deseado.¿Qué son las aguas residuales?, ¿Cuáles son los tipos de aguas residuales?, explique.
Aquellas aguas procedentes de actividades domésticas, comerciales, industriales y agropecuarias que presentan características físicas, químicas o biológicas dañinas a la salud humana animal o al ecosistema.
Tipos de aguas residuales:
La clasificación se hace con respecto a su origen, ya que este origen es el que va a determinar su composición.
Aguas residuales urbanas
Son los vertidos que se generan en los núcleos de población urbana como consecuencia de las actividades propias de éstos.
Los aportes que generan esta agua son:
Aguas negras o fecales
Aguas de lavado doméstico
Aguas de limpieza de calles
Aguas de lluvia y lixiviados
Las aguas residuales urbanas presentan una cierta homogeneidad cuanto a composición y carga contaminante, ya que sus aportes van a ser siempre los mismos. Pero esta homogeneidad tiene unos márgenes muy amplios, ya que las características de cada vertido urbano van a depender del núcleo de población en el que se genere, influyendo parámetros tales como el número de habitantes, la existencia de industrias dentro del núcleo, tipo de industria, etc.
Aguas residuales industriales
Son aquellas que proceden de cualquier actividad o negocio en cuyo proceso de producción, transformación o manipulación se utilice el agua. Son enormemente variables en cuanto a caudal y composición, difiriendo las características de los vertidos no sólo de una industria a otro, sino también dentro de un mismo tipo de industria.
A veces, las industrias no emites vertido s de forma continua, si no únicamente en determinadas horas del día o incluso únicamente en determinadas épocas de año, dependiendo del tipo de producción y del proceso industrial. También son habituales las variaciones de caudal y carga a lo largo del día.
Son mucho más contaminadas que las aguas residuales urbanas, además, con una contaminación mucho más difícil de eliminar.
Su alta carga unida a la enorme variabilidad que presentan, hace que el tratamiento de las aguas residuales industriales sea complicado, siendo preciso un estudio específico para cada caso.
3. ¿Cómo se clasifican las aguas residuales industriales?. Explique.
Industrias con efluentes orgánicos e inorgánicos: refinerías y Petroquímicas, coquerías, químicas y textiles.
Industrias con efluentes principalmente inorgánicos: Químicas, limpieza y recubrimiento de metales, explotaciones mineras y salinas.
Industrias con efluentes con materias en suspensión: lavaderos de mineral y carbón, corte y pulido de mármol y otros minerales, laminación en caliente y colada continúa.
Industrias con efluentes de refrigeración: centrales térmicas y centrales nucleares.Industria lechera: concentración de materia orgánica.
Industria petroquímica: concentración de materia orgánica, aceites, fenoles, amoniaco y sulfuros.
Industria del curtido: alcalinidad, concentración de materia orgánica, materia en suspensión, materia decantable, sulfuros y cromo.
Industria papelera: color, concentración de materia orgánica, materia en suspensión y materia decantable, pH y AOX-EOX.
Industrias de lavado de mineral: concentración de productos tóxicos empleados, sólidos en suspensión y sedimentables.
Industria de acabado de metales: pH, concentración de cianuros y metales pesados.
Industria siderúrgica: concentración de materia orgánica, fenoles, alquitranes, cianuros libres y complejos, sulfuros, materias en suspensión, hierro, aceites, grasas y pH.
Industria de laminación en caliente: concentración de aceites, grasas y sólidos en suspensión.
Plantas de ácido sulfúrico: concentración de ácidos, sólidos sedimentables
4. ¿Cómo se vincula desde el punto de vista de higiene y seguridad industrial a la ley penal del ambiente con la degradación, envenenamiento y contaminación de las aguas?. Bajo que artículos es causa penal?. Explique.
Artículo 28. Vertido ilícito.- El que vierta o arroje materiales no biodegradables, sustancias, agentes biológicos o bioquímicos, efluentes o aguas residuales no tratadas según las disposiciones técnicas dictadas por el Ejecutivo Nacional, objetos o desechos de cualquier naturaleza en los cuerpos de las aguas, sus riberas cauces, cuencas, mantos acuíferos, lagos, lagunas o demás depósitos de agua, incluyendo los sistemas de abastecimiento de aguas, capaces de degradarlas, envenenarlas o contaminarlas, será sancionado con prisión de tres (3) meses a un (1) año y multa de trescientos (300) a mil (1.000) días de salado mínimo.
Artículo 29. Alteración térmica.- El que provoque la alteración térmica de cuerpos de agua por verter en ellos aguas utilizadas para el enfriamiento de maquinarias o plantas industriales, en contravención a las normas técnicas que rigen la materia, será sancionado con prisión de tres (3) meses a un (1) año y multa de trescientos (300) a mil (1.000) días de salario mínimo.
Artículo 30. Cambio de flujos y sedimentación.- El que cambie u obstruya el sistema de control, las escorrentías, el flujo de las aguas o el lecho natural de los ríos, o provoque la sedimentación de éste, en contravención a las normas técnicas vigentes y sin la autorización correspondiente, será sancionado con arresto de tres (3) a nueve (9) meses y multa de trescientos (300) a novecientos (900) días de salario mínimo.
Artículo 31. Extracción ilícita de materiales.- El que contraviniendo las normas técnicas vigentes y sin la autorización de la autoridad competente, extraiga materiales granulares, como arenas, gravas o cantos rodados, será sancionado con arresto de cuatro (4) a ocho (8) meses y multa de cuatrocientos (400) a ochocientos (800) días de salario mínimo.
Artículo 32. Contaminación de aguas subterráneas.- El que realice trabajos que puedan ocasionar daños, contaminación o alteración de aguas subterráneas o de las fuentes de aguas minerales, será sancionado con prisión de uno (1) a dos (2) años y multa de mil (1.000) a dos mil (2.000) días de salario mínimo.
Artículo 33. Daños a las defensas de aguas.- El que rompiendo o inutilizando, en todo o en parte, barreras, exclusas, diques u otras obras destinadas a la defensa común de las aguas, a su normal conducción, o a la reparación de algún desastre común, haya hecho surgir el peligro de inundación o de cualquier otro desastre, será penado con prisión de seis (6) a treinta (30) meses y multa de quinientos (500) a dos mil quinientos (2.500) días de salario mínimo. Si efectivamente se hubiere causado la inundación u otro desastre común, se aplicará la pena de prisión de tres (3) a cinco (5) años y la multa se elevará al doble.
Artículo 34. Permisos o autorizaciones ilícitos.- El funcionario que otorgue permisos o autorizaciones para la construcción de obras y desarrollo de actividades no permitidas, de acuerdo a los planes de ordenación del territorio o las normas técnicas, en los lechos, vegas y planicies inundables de los ríos u otros cuerpos de agua, será sancionado con prisión de seis (6) meses a un (1) año y multa de seiscientos (600) a mil (1.000) días de salario mínimo.
5. ¿Cuáles son los métodos analíticos que deben implementarse para el control de la calidad del agua?.
Los parámetros de calidad utilizan características que se pueden medir objetivamente, como el grado de turbiedad,la concentración de nitratos o la presencia de determinadas especies de microorganismos. En la práctica, se miden una serie de parámetros organolépticos (olor y sabor), físicos (color, turbidez, temperatura y radiactividad), químicos (concentración de diversas sustancias, como potasio, aluminio, fósforo, arsénico, nitratos, etc.), biológicos (concentración de microorganismos como Escherichia coli) y más recientemente ecológicos (diversidad y composición de las comunidades de organismos que viven en la masa de agua). Además, se usan listas normalizadas de concentraciones de diversas sustancias fáciles de medir, muchas de ellas no deseables o incluso tóxicas. Por ejemplo, las aguas potables no pueden tener una concentración de plomo mayor de 50 microgramos por litro.El Índice de Calidad General (ICG) reúne una serie de parámetros a los que se asignan pesos relativos para calcular un indicador numérico de calidad. Las redes de control de la calidad de las aguas comenzaron a organizarse a mediados de la década de los 60 en la llamada red oficial de Control de Calidad de las Aguas (COCA), con algunos centenares de puntos de toma de muestras que se analizan periódicamente.
Más reciente es el Sistema Automatizado de Información de la Calidad de las Aguas (SAICA), que puede recoger y enviar datos casi en tiempo real. Otras redes especializadas miden la radiactividad aguas abajo de las instalaciones nucleares, la calidad de las aguas subterráneas o bien evalúan la calidad ecológica de los cursos de agua.
6. ¿Cómo es el tratamiento que se le debe dar a las aguas residuales para su distribución?
Tratamiento primario de las aguas negras
Entre las operaciones que se utilizan en los tratamientos primarios de aguas contaminadas están: la filtración, la sedimentación, la flotación, la separación de grasas y aceites y la neutralización. El tratamiento primario de las aguas negras es un proceso mecánico que utiliza cribas para separar los desechos de mayor tamaño como palos, piedras y trapos. Las aguas negras de las alcantarillas llegan a la cámara de dispersión en donde se encuentran las cribas, de donde pasan las aguas negras al tanque de sedimentación. De aquí los sedimentos pasan a un tanque digestor y luego al lecho secador, para luego ser utilizados como fertilizante en las tierras de cultivo o a un relleno sanitario o son arrojados al mar. Del tanque de sedimentación, el agua es conducida a un tanque de desinfección con cloro (para matarle las bacterias) y una vez que cumpla con los límites de depuración sea arrojada a un lago, un río o al mar.Otra manera de hacer el tratamiento primario a las aguas negras conocidas también como aguas crudas de albañal, consiste en hacerla pasar a través de una criba de barras para separar los objetos de mayor tamaño. Algunas plantas de tratamiento de aguas negras tienen trituradores para los objetos grandes con el objeto de que no obstruyan esta etapa del tratamiento. Luego pasan las aguas a un tanque de sedimentación donde fluye lentamente para que sedimenten las piedras, arena y otros objetos pesados. De éste tanque las aguas negras pasan a otro grande llamado de asentamiento, en donde se sedimentan los sólidos en suspensión (quedan como lodos en el fondo del tanque) y, los aceites y las grasas flotan en forma de nata o espuma. Después de este proceso, en algunos casos, el agua que queda entre el lodo y la nata se escurre o libera al ambiente o se le da un tratamiento con cloro (proceso de cloración) para matarle las bacterias antes de ser arrojadas al ambiente o se hace pasar al tratamiento secundario. El tratamiento primario de las aguas negras elimina alrededor del 60% de los sólidos en suspensión y el 35% de los materiales orgánicos (35% de la demanda bioquímica de oxígeno). Solamente en los países desarrollados se trata cerca del 30% de las aguas negras domésticas mediante el tratamiento primario y cerca del 60% se somete al tratamiento secundario ya que éste cuesta aproximadamente el doble de lo que cuesta el tratamiento primario.
Tratamiento secundario de las aguas negras
Entre las operaciones que se utilizan en el tratamiento secundario de las aguas contaminadas están el proceso de lodos activados, la aireación u oxidación total, filtración por goteo y el tratamiento anaeróbico.El tratamiento secundario de aguas negras es un proceso biológico que utiliza bacterias aerobias como un primer paso para remover hasta cerca del 90 % de los desechos biodegradables que requieren oxígeno. Después de la sedimentación, el agua pasa a un tanque de aireación en donde se lleva a cabo el proceso de degradación de la materia orgánica y posteriormente pasa a un segundo tanque de sedimentación, de ahí al tanque de desinfección por cloro y después se descarga para su reutilización. El tratamiento secundario más común para el tratamiento de aguas negras es el de los lodos activados. Las aguas negras que provienen del tratamiento primario pasan a un tanque de aireación en donde se hace inyecta aire a presión o se produce un efecto de agitación mecánica desde el fondo del tanque, con el propósito de brindar un rápido crecimiento de las bacterias aeróbicas y otros microorganismos. Las bacterias aeróbicas utilizan el oxígeno para descomponer los desechos orgánicos de las aguas negras. Los sólidos en suspensión y las bacterias forman una especie de lodo conocido como lodo activado, el cual se deja sedimentar y luego es llevado a un tanque digestor aeróbico para que sea degradado. Finalmente el lodo activado es utilizado como fertilizante en los campos de cultivo, incinerado, llevado a un relleno sanitario o arrojado al mar.
Otras plantas de tratamiento de aguas negras utilizan un dispositivo llamado filtro percolador en lugar del proceso de lodos activados. En este método, las aguas negras a las que les han sido eliminados los sólidos grandes, son rociadas sobre un lecho de piedras de aproximadamente 1.80 metros de profundidad. A medida que el agua se filtra entre las piedras entra en contacto con las bacterias que descomponen a los contaminantes orgánicos. A su vez, las bacterias son consumidas por otros organismos presentes en el filtro. Del tanque de aireación o del filtro percolador se hace pasar el agua a otro tanque para que sedimenten los lodos activados. El lodo sedimentado en este tanque se pasa de nuevo al tanque de aireación mezclándolo con las aguas negras que se están recibiendo o se separa, se trata y luego se tira o se entierra.Una planta aeróbica de tratamiento de aguas negras produce grandes cantidades de lodos que se necesitan eliminar como desechos sólidos. El proceso de eliminación de sólidos de las aguas negras no consiste en quitarlos y tirarlos, sino que se requiere tratarlos antes de tirarlos y su eliminación es complicada y costosa.Algunas plantas de tratamiento de aguas negras utilizan filtros trampa, en donde las bacterias aerobias llevan a cabo el proceso de degradación de la materia orgánica cuando las aguas escurren a través de un lecho grande lleno de piedra triturada cubierta de bacterias aerobias y de protozoarios.
7. ¿Cuáles son las funciones y deberes de un departamento de higiene y seguridad?
1. Realizar diagnósticos de riesgos laborales para prevenir accidentes y enfermedades ocupacionales.
2. Realizar evaluaciones y análisis de las condiciones de higiene ocupacional, con emisión de recomendaciones preventivas.
3. Desarrollar estrategias que permitan obtener la máxima efectividad en el proceso de prevención de accidentes.
4. Detectar, analizar y jerarquizar riesgos mediante evaluaciones técnicas, con uso de instrumento de mediciones altamente especializadas.
5. Diseñar y ejecutar acciones dirigidas a motivar e informar en materia de Seguridad, Higiene y Ambiente.
6. Elaborar y administrar Programas de Seguridad, Higiene y Ambiente de acuerdo a leyes, decretos, normas y ordenanzas oficiales vigentes en el país y contra estándares internacionales.
7. Asistir técnica y profesionalmente en Seguridad, Higiene y Ambiente a autoridades, trabajadores y gremios.
8. Actualizar y adaptar tecnología en materia de Seguridad, Higiene y Ambiente, acorde con los avances tecnológicos, legislaciones y necesidades de la Institución.
9. Certificar en el proceso de formación y desarrollo de los trabajadores en materia de Seguridad, Higiene y Ambiente.
10. Asistir técnicamente a autoridades y trabajadores en el diseño e implementación de proyectos y programas para el tratamiento y disposición de residuos peligrosos para el control de la contaminación ambiental.
11. Fomentar y participar en grupos Inter. - institucionales o comités interdisciplinarios y de apoyo mutuo en pro de la prevención de accidentes de trabajos y enfermedades ocupacionales.
12. Supervisar y evaluar el diseño de planos de ingeniería y obras civiles, estableciendo con criterios técnicos las medidas de prevención y señalamientos de seguridad en función del análisis de riesgo.
13. Mantener relaciones formales y satisfactorias con organismos oficiales de Seguridad, Higiene y Ambiente, y organismos laborales.
14. Estructurar y asesorar el Comité de Seguridad, Higiene y Ambiente de la Universidad de Los Andes.
15. Elaborar e implementar normas y procedimientos de Seguridad, Higiene y Ambiente.
16. Elaborar informes periódicos sobre actividades cumplidas.
8. ¿Cuál es la función de un ingeniero de seguridad?
El título de Ingeniero en Seguridad e Higiene en el Trabajo habilita al profesional para estudiar, analizar, evaluar, organizar, planificar, dirigir e inspeccionar en ambientes laborales todo lo inherente a Seguridad e Higiene en el Trabajo. También podrá calcular, dirigir e implementar sistemas e instalaciones en ambientes laborales y actividades con riesgo. Además, está capacitado para implementar programas de trabajo en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo y desarrollar programas de capacitación de prevención y protección de riesgos laborales. Realizará normas y redactará especificaciones técnicas referidos a Higiene y Seguridad en el Trabajo para la utilización, adquisición, importación y exportación de máquinas, herramientas, equipos e instrumentos.Su formación le permitirá investigar accidentes y enfermedades profesionales, confeccionar los índices estadísticos de los factores determinantes y fijar medidas correctivas. Se dedicará a cuidar la salud del personal diseñando, evaluando y controlando los equipos y elementos de protección personal y colectiva; analizando y controlando los contaminantes físicos y ergonómicos de ambientes laborales y efectuando diagnósticos primarios, tomando muestras con fines de análisis y control de contaminantes químicos y biológicos de ambientes laborales. Por último, realizará arbitrajes, pericias, asesoramientos e informes técnicos, tasaciones relacionados en la Higiene y la Seguridad en el Trabajo.
9. ¿Qué es el Seguro Social?. ¿Cómo se relaciona o bajo que artículos se fundamenta la Ley del Seguro Social con el departamento de higiene y seguridad industrial?. Explique.
Seguro Social es un programa financiado por el gobierno que proporciona a la gente que no puede trabajar, compensación así ellos pueden vivir. Puede ser difícil aplicar y recibir compensación por incapacidad bajo el seguro social, sin recibir la ayuda de un abogado experto en estos casos.
Artículo 1: La presente Ley rige las situaciones y relaciones jurídicas con ocasión de la protección de la Seguridad Social a sus beneficiarias y beneficiarios en las contingencias de maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o paro forzoso.
Artículo 9: Las aseguradas y los asegurados tienen derecho en caso de incapacidad temporal para el trabajo debido a enfermedad o accidente, a una indemnización diaria desde el cuarto (4°) día de incapacidad. La duración y atribución de las indemnizaciones diarias no podrán exceder de cincuenta y dos (52) semanas para un mismo caso.
Artículo 15: Las aseguradas y los asegurados que se invaliden a consecuencia de un accidente del trabajo o enfermedad profesional, tendrán derecho a la pensión de invalidez cualquiera que sea su edad y no se les exigirá requisito de cotizaciones previas.
Artículo 20: La asegurada o el asegurado que a causa de enfermedad profesional o accidente del trabajo quede con una incapacidad mayor del veinticinco por ciento (25%) y no superior a los dos tercios (66,66%) tiene derecho a una pensión.
Artículo 22: La asegurada o el asegurado que a causa de enfermedad profesional o accidente de trabajo quede con una incapacidad mayor de cinco por ciento (5%) y no superior al veinticinco por ciento (25%), tiene derecho a una indemnización única igual al resultado de aplicar el porcentaje de incapacidad atribuido al caso, al valor de tres (3) anualidades de la pensión por incapacidad total que le habría correspondido. También tendrá derecho a esta pensión por accidente común siempre que la trabajadora o el trabajador esté sujeto a las obligaciones del Seguro Social.
Artículo 23: La Junta Directiva del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales dictará las normas que se aplicarán para la determinación del grado de incapacidad.
Artículo 25: El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales debe prescribir exámenes, tratamientos y prácticas de rehabilitación con el objeto de prevenir, retardar o disminuir el estado de invalidez o incapacidad para el trabajo. El incumplimiento de las medidas recomendadas, por parte de las y los solicitantes o beneficiarias y beneficiarios de pensión, producirá respectivamente la suspensión de la tramitación del derecho o del goce de pensión, mientras la asegurada o el asegurado, o la beneficiaria o el beneficiario no se someta a las indicaciones prescritas.
Artículo 32: La pensión de sobrevivientes se causa por el fallecimiento de una beneficiaria o un beneficiario de pensión de invalidez o vejez en todo caso y por el fallecimiento de una asegurada o un asegurado siempre que ésta o éste:
a) Tenga acreditadas no menos de setecientas cincuenta (750) cotizaciones semanales; o bien.
b) Cumpla con los requisitos para tener derecho a una pensión de invalidez al momento de fallecer; o bien
c) Haya fallecido a causa de un accidente del trabajo o enfermedad profesional; o por un accidente común, siempre que la trabajadora o el trabajador para el día del accidente esté sujeto a la obligación del Seguro Social.
Artículo 94: Las rentas causadas bajo la vigencia del Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales se seguirán pagando en su misma cuantía con cargo al nuevo fondo para pensiones y serán reajustadas cuando por variación del costo de vida, lo sean las pensiones atribuidas conforme a la presente Ley.
Artículo 95: Tanto las beneficiarias o los beneficiarios de rentas por incapacidad permanente, mayor de dos tercios (2/3) como los de rentas de sobrevivientes, causadas bajo la vigencia del Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales, tendrán derecho a las prestaciones de asistencia médica con las limitaciones del artículo 8º y su fallecimiento dará derecho al pago de la asignación funeraria establecida en el artículo 40.
Artículo 103: En aquellas regiones del país y categorías de empresas donde estuvieren en vigor las disposiciones de la presente Ley, quedarán insubsistentes los artículos de la Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento, referentes a las indemnizaciones por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
10. ¿Cuál es la importancia que reviste la seguridad industrial en las empresas?
La globalización, el desarrollo tecnológico y científico en el que avanza la humanidad ha obligado a las empresas a enfrentarse mutuamente en una competencia que en esencia debe ser sana para ofrecer un mejor o más adecuado producto o servicio.Estas empresas se encuentran en un proceso eterno llamado competitividad, término que para su ejecución ha generado muchas discusiones internas en las mismas, como resultado de esta competencia se presenta un fenómeno que abre espacios en el mercado y empresa misma, llámese capacitación personal, de publicidad, de calidad y de dinámica de cambios.No obstante existe otro factor que influye notoriamente en la competitividad de las empresas, la seguridad industrial como único camino para garantizar un producto o servicio que contemple el mínimo riesgo tanto del trabajador como del producto o servicio mismos.Aunque someramente parezca que la seguridad industrial en una empresa sea considerada un asunto secundario, adentrándonos más y estudiando los resultados visibles obtenidos en empresas que ya adoptaron la seguridad industrial como una de sus tantas prioridades, podemos aseverar que la seguridad industrial es un factor relevante en competitividad de una empresa que brinda ventajas competitivas en el mercado.Un aspecto muy importante a tener en cuenta al momento de considerar la seguridad industrial como elemento importante para mejorar la competitividad de una empresa es el compromiso y esfuerzo de la gerencia por mejorar cada día mas en sus procesos, así como los recursos que se destinen al programa de seguridad industrial de la empresa ya que como todo en estos tiempos todo lo que no actualice constantemente se convertirá en esfuerzos vanos por mejorar. Considerando la seguridad industrial como un proceso de continua actualización requiere, como proceso que es, de la presencia directa de un ente o persona que supervise y evalué los procedimientos y métodos aplicados así como el desempeño de las personas que intervengan de manera directa con el proceso de seguridad.Un punto indispensable en la concepción de la seguridad industrial como herramienta para mejorar la competitividad es que la percepción de la misma debe ser integral en toda la empresa, desde el trabajador de menor rango hasta el gerente y en cualquier área de la empresa ya que salta a la vista que en toda organización la concepción de la seguridad industrial se divide en dos grandes grupos de trabajadores: el trabajo de oficina y el trabajo de planta. Un trabajador de oficina considera la seguridad industrial como una política mas de la empresa que deben conocer mas no generan compromiso con la misma mientras que para el personal de planta la seguridad industrial es parte de su trabajo y una responsabilidad a cumplir dentro de sus funciones.Después de todas estas perspectivas se pueden considerar puntos de vista importantes de la seguridad industrial en las empresas y es que:1. La seguridad industrial debe ser prioridad en toda empresa.
2. La seguridad industrial debe ser un compromiso de la gerencia y el personal de trabajo.
3. La seguridad industrial debe ser integral, requiere planeación, ejecución y supervisión.
4. La seguridad industrial es un concepto único, en esencia para una secretaria la seguridad industrial debe ser considerada igual que para un operario.
5. La seguridad industrial es más que una concepción es una responsabilidad de toda empresa.
Una vez se logre considerar y poner en marcha estos aspectos el camino hacia una competitividad se vera mas despejado y desaparecerá un escaño mas en la búsqueda de la mejora continua. Debe aclararse que contar con un buen sistema de seguridad en la empresa no garantiza que una empresa sea competitiva, ya que el termino es muy complejo e intervienen muchos mas factores como lo es el económico, el publicitario el productivo, el financiero entre otros; que una vez tomada la concepción integra de competitividad podremos llegar a la conclusión de que la seguridad industrial es un agente muy importante pero que no es el único y es dependiente de otros.
11. ¿Cuál es la relación de las Normas Covenin con las normas de Higiene y seguridad industrial?
Objeto Y Campo De Aplicación Covenin.
2.1 Esta Norma Venezolana establece los aspectos que se deberán contemplar en la elaboración y seguimiento de un Programa de Higiene y Seguridad Industrial (Programa de prevención de accidentes y enfermedades profesionales).
2.2 Esta Norma es aplicable a cualquier tipo de explotación de empresa o faena de cualquier naturaleza o importancia, donde laboren trabajadores, sea cual fuere su número.
Normas Higiene Y Seguridad.
Estas son regidas por las normas:
COVENIN 1565-85 Ruido ocupacional.
COVENIN 2254-85 Calor y frío. Límites máximos permisibles.
COVENIN 2250-85 Ventilación de los lugares de trabajo.
COVENIN 2259-87 Radiaciones ionizantes. Límites anuales de dosis equivalente.
COVENIN 2238-85 Radiaciones no ionizantes. Medidas de seguridad.
COVENIN 2249-85 Iluminancias en tareas y areas de trabajo.
COVENIN 2253-85 Concentraciones ambientales máximas permisibles en lugares de trabajo.
COVENIN 2237-85 Ropa, equipos y dispositivos de protección personal.
Selección de acuerdo al riesgo ocupacional.
COVENIN 474-84 Registro, clasificación y estadísticas de lesiones de trabajo.
COVENIN 2270-88 Comité de Higiene y Seguridad Industrial. Integración y
Funcionamiento.
COVENIN 2273-85 Principios ergonómicos de la concepción de los sistemasde trabajo
12. Nombre y Analice 5 artículos del Reglamento de la ley de Prevencion en el trabajo consideradas dentro del aspecto de higiene y seguridad industrial.
Del Comité de Seguridad y Salud Laboral
Artículo 46. En todo centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotación de las diferentes empresas o de instituciones públicas o privadas, debe constituirse un Comité de Seguridad y Salud Laboral, órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las políticas, programas y actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.
El Comité estará conformado por los delegados o delegadas de prevención, de una parte y por el empleador o empleadora, o sus representantes en número igual al de los delegados o delegadas de prevención, de la otra.
El Comité de Seguridad y Salud Laboral debe registrarse y presentar informes periódicos de sus actividades ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
En las reuniones del Comité de Seguridad y Salud Laboral podrán participar, con voz pero sin voto, los delegados o delegadas sindicales y el personal adscrito al Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo. En las mismas condiciones podrán participar trabajadores o trabajadoras de la empresa que cuenten con una especial cualificación o información respecto de concretas cuestiones que se debatan en este órgano y profesionales y asesores o asesoras en el área de la seguridad y salud en el trabajo, ajenos a la empresa, siempre que así lo solicite alguna de las representaciones en el Comité.
El registro, constitución, funcionamiento, acreditación y certificación de los Comités de Seguridad y Salud Laboral se regulará mediante Reglamento.
Atribuciones del Comité de Seguridad y Salud Laboral
Artículo 47. El Comité de Seguridad y Salud Laboral tendrá las siguientes atribuciones:
1. Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo. A tal efecto, en su seno considerará, antes de su puesta en práctica y en lo referente a su incidencia en la seguridad y salud en el trabajo, los proyectos en materia de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías, organización y desarrollo de las actividades de promoción, prevención y control, así como de recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, y dotación, mantenimiento y protección de la infraestructura de las áreas destinadas para esos fines, y del proyecto y organización de la formación en la materia.
2. Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para el control efectivo de las condiciones peligrosas de trabajo, proponiendo la mejora de los controles existentes o la corrección de las deficiencias detectadas.
De las facultades del Comité de Seguridad y Salud Laboral
Artículo 48. En el ejercicio de sus funciones, el Comité de Seguridad y Salud Laboral está facultado para:
1. Aprobar el proyecto de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa y la vigilancia de su cumplimiento para someterlo a la consideración del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
2. Vigilar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y conocer directamente la situación relativa a la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales y la promoción de la seguridad y salud, así como la ejecución de los programas de la recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, y la existencia y condiciones de la infraestructura de las áreas destinadas para esos fines, realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas.
3. Supervisar los servicios de salud en el trabajo de la empresa, centro de trabajo o explotación.
4. Prestar asistencia y asesoramiento al empleador o empleadora y a los trabajadores y trabajadoras.
5. Conocer cuantos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de prevención, en su caso.
6. Denunciar las condiciones inseguras y el incumplimiento de los acuerdos que se logren en su seno en relación a las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
7. Conocer y analizar los daños producidos a la salud, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas.
8. Conocer y aprobar la memoria y programación anual del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en esta Ley respecto de la colaboración entre empresas en los supuestos de desarrollo simultáneo de actividades en un mismo lugar de trabajo, se podrá acordar la realización de reuniones conjuntas de los Comités de Seguridad y Salud Laboral o, en su defecto, otras medidas de actuación coordinada.
De la responsabilidad en la constitución del Comité de Seguridad y Salud Laboral
Artículo 49. La constitución del Comité será responsabilidad de:
1. Los delegados o delegadas de prevención, las organizaciones sindicales de trabajadores y los trabajadores y trabajadoras en general.
2. Los empleadores o empleadoras, quienes deben participar activamente en su constitución y funcionamiento.
3. El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales por medio de sus funcionarios o funcionarias, y los Inspectores o Inspectoras y Supervisores o Supervisoras del Trabajo quienes podrán convocar a las partes a realizar las actuaciones necesarias para su constitución.
Del Comité de Seguridad y Salud Laboral en las empresas intermediarias, contratistas y de trabajo temporal
Artículo 50. Los trabajadores y trabajadoras contratados por empresas de trabajo temporal, mediante intermediarios, o los trabajadores y trabajadoras de las contratistas, designarán delegados o delegadas de prevención de acuerdo a lo establecido en el presente Capítulo. Dependiendo del tamaño de la empresa, establecimiento o explotación, estos delegados o delegadas podrán incorporarse al Comité de Seguridad y Salud Laboral existente o conformar uno propio. El Reglamento de la presente Ley establecerá los mecanismos apropiados a tal efecto.
13. ¿En que artículos de la Ley Orgánica del Trabajo se considera la relación de Higiene y seguridad en el trabajo?. Realice una síntesis breve.
De la Higiene y Seguridad en el Trabajo
Artículo 236. El patrono deberá tomar las medidas que fueren necesarias para que el servicio se preste en condiciones de higiene y seguridad que respondan a los requerimientos de la salud del trabajador, en un medio ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio de sus facultades físicas y mentales.
El Ejecutivo Nacional, en el Reglamento de esta Ley o en disposiciones especiales, determinará las condiciones que correspondan a las diversas formas de trabajo, especialmente en aquellas que por razones de insalubridad o peligrosidad puedan resultar nocivas, y cuidará de la prevención de los infortunios del trabajo mediante las condiciones del medio ambiente y las con él relacionadas.
El Inspector del Trabajo velará por el cumplimiento de esta norma y fijará el plazo perentorio para que se subsanen las deficiencias. En caso de incumplimiento, se aplicarán las sanciones previstas por la Ley.
Artículo 237. Ningún trabajador podrá ser expuesto a la acción de agentes físicos, condiciones ergonómicas, riesgos sicosociales, agentes químicos, biológicos o de cualquier otra índole, sin ser advertido acerca de la naturaleza de los mismos, de los daños que pudieren causar a la salud, y aleccionado en los principios de su prevención.
Artículo 238. Los trabajadores no deben hacer sus comidas en el propio sitio de trabajo, salvo cuando se trate de casos que no permitan separación del mismo. No se permitirá que los trabajadores duerman en el sitio de trabajo, salvo aquellos que por razones del servicio o de fuerza mayor, deban permanecer allí.
Artículo 239. En los almacenes, tiendas, bazares, bodegas, depósitos de mercaderías y establecimientos comerciales semejantes, aunque funcionen como anexos a establecimientos de otro orden, el patrono mantendrá un número suficiente de sillas a disposición de los trabajadores, con el objeto de que puedan utilizarlas en los ratos en que se interrumpa la atención sostenida al público.
Esta disposición será aplicada también a los trabajadores en establecimientos industriales, así como a los obreros en establecimientos comerciales, cuando lo permita la naturaleza de las funciones que presten.
Artículo 240. Cuando el lugar de trabajo esté ubicado a treinta (30) o más kilómetros de distancia de la población más cercana, el patrono deberá suplir al trabajador el transporte para ir y venir de su habitación al lugar de trabajo, gratuitamente. A los efectos del cómputo de la jornada se aplicará lo dispuesto en el artículo 193 de esta Ley.
Artículo 241. Los patronos que ocupen habitualmente más de quinientos (500) trabajadores, cuyas labores se presten en lugar despoblado donde deban tener su residencia, a más de cincuenta (50) kilómetros de distancia de la población más cercana, deberán proveer a los trabajadores y a sus familiares inmediatos de habitaciones higiénicas que reúnan los requisitos de habitabilidad y ofrezcan por lo menos diez (10) metros cuadrados por persona.
Artículo 242. Los patronos comprendidos en el artículo anterior deberán además sostener a su costo:
a) Un puesto de primeros auxilios suficientemente provisto para atender a la primera curación de accidentados y enfermos y para combatir las endemias locales, con los medicamentos necesarios para la prevención y curación, incluyendo los sueros para mordeduras de serpientes en zonas rurales y otros semejantes; y
b) Un médico y un farmacéutico por cada cuatrocientos (400) trabajadores o fracción mayor de doscientos (200).
Artículo 243. Los patronos que tengan a su servicio más de mil (1.000) trabajadores deberán sostener establecimientos de educación básica para los hijos de sus trabajadores, cuando no los hubiere en sitios cercanos al lugar de trabajo, en la proporción y condiciones que fijen de mutuo acuerdo los Ministerios de los ramos de educación y del trabajo.
Artículo 244. Los patronos que ocupen más de mil (1.000) trabajadores cuyas labores se presten en lugar distante a más de cien (100) kilómetros de una ciudad que tenga servicios hospitalarios, o a más de cincuenta (50), cuando no pueda recurrirse a esos servicios en caso de necesidad por no existir medios de comunicación que lo permitan, deberán sostener un establecimiento o centro de salud dotado de todos los elementos requeridos para la atención médica, quirúrgica o farmacéutica según lo determinen las autoridades sanitarias, en conformidad con la legislación respectiva.
Artículo 245. Los patronos que ocupen más de doscientos (200) trabajadores deberán sostener becas para seguir estudios técnicos, industriales o prácticos relativos a su oficio, en centros de instrucción especiales, nacionales o extranjeros, otorgadas a un trabajador o hijo de trabajador por cada doscientos (200) trabajadores a su servicio, designado por los trabajadores mismos o por el patrono, en atención a sus aptitudes, cualidades y aplicación al trabajo.
Artículo 246. Las condiciones de higiene, seguridad en el trabajo y la prevención, condiciones y medio ambiente de trabajo se regirá además por las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica que rige la materia.

Conclusión
En el desarrollo del presente trabajo, se pudieron conocer varios programas de mejoramiento continuo, tanto los clásicos como los actuales siendo los mismos objetos de análisis por medio de sus principios básicos o postulados.
Es pertinente concluir diciendo que los mismos buscan la calidad del producto final y que en todos ya fuese directa o indirectamente la Higiene La Seguridad Y El Medio Ambiente son parte indivisible y objeto de estudio y de participación en el desarrollo e implantación cualquiera de dichos sistemas.
El recurso humano forma parte primordial en la creación de cualquier bien o servicio y el mismo esta expuesto a diferentes factores que en cualquier momento pueden representar un riesgo, es por ello que cualquier programa de mejoramiento continuo, sabe que aunque el sentido de ser del mismo es la Mayor Producción de calidad al menor coste, entiende que ha de protegerse todo lo que forma parte del sistema entre ellos el hombre y el ambiente, puesto que si no los resultados serian contrario a lo esperado. Mas aun ahora cuando el hombre se ha dado cuenta que se debe proteger el medio ambiente para las generaciones futuras.
Queda claro que ahora más que nunca la vigencia del Profesional de la Higiene y la Seguridad y ahora también del Medio Ambiente es necesario para el pleno desarrollo en la creación de productos o servicios o en la implantación de un sistema de Mejoramiento continuo.
Pertinente es hacer mención y exhortación a continuar con la investigación y el desarrollo de nuevos programas o la convergencia de los ya existentes, que conlleven a la búsqueda de la calidad total en los procesos, respetando siempre el medio ambiente donde se realizan los procesos y el pleno goce universal del derecho a la salud que tienen los trabajadores que forma parte de dichos procesos.

Bibliografía

Muguerza, J. (2001). Anàlisis de Riesgos en Puesto de Trabajo. Maracay. Trabajo de Investigaciòn Especial.
Aguilera, D. (2002). Gerencia de Recursos Humanos. Maracay. Ediciones INCE.
Muguerza, J. (2006). Experiencias de màs de 35 años en Higiene y Seguridad Industrial. Maracay. Venezuela.
http://huellasindustriales.obolog.com/seguridad-industrial-empresas-factor-importante-129527
http://www.elbrollo.com/publicidad-y-venta-de-productos-o-servicios-en-general/348909-cursos-de-primeros-auxilios-seguridad-industrial-manejo-de-extintores-evacuaci-n.html

1 comentario: